Ley de Blanqueo de Capitales

Entre todos los documentos que los compradores y los vendedores deben firmar, uno de los más importantes es el documento para la prevención de blanqueo de capitales en la compra de viviendas. Cualquier persona que quiera comprar una vivienda en España debe justificar el origen del dinero que utilizará para hacerlo, así como su trazabilidad. La finalidad de esta ley es controlar el blanqueo de dinero que procede de actividades ilegales 12. Para pasar este trámite a la hora de comprar vivienda, el comprador debe firmar el documento de blanqueo de capitales. Los datos que se solicitan en este documento varían en función de la actividad del cliente y pueden incluir:
  • Datos personales identificativos: nombre, apellidos, DNI, residencia actual y otros datos de carácter personal.
  • Régimen económico y datos referentes a la profesión de la persona que va a realizar la compra. Por ejemplo, si trabaja como autónomo o como trabajador por cuenta ajena.
  • Información sobre los motivos por los cuales adquieren el inmueble: para usarla como vivienda habitual, para arrendar, como una inversión, etc.
  • El comprador debe especificar qué fuente de ingresos utilizará para adquirir el bien, además de concretar si la financiación es propia o ajena y el banco o país de origen del que procede ese dinero.
  • El documento tendrá que ir firmado con la fecha correspondiente y acompañado por un documento que dé validez a los datos aportados, como una fotocopia del DNI o del pasaporte.
De acuerdo con la ley, han de presentar este documento las personas físicas que, bien por cuenta propia o bien por terceros realicen alguno de los siguientes movimientos de medios de pago:
  • Salida o entrada en territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 10.000€ o su contravalor en moneda extranjera.
  • Movimientos por territorio nacional de medios de pago por importe igual o superior a 100.000€ o su contravalor en moneda extranjera.
Documentación a aportar para la PBC en la compra de inmuebles Para la redacción del documento de prevención de blanqueo de capitales se ha de proporcionar la siguiente documentación: Para personas físicas:
  • DNI, Tarjeta de Residencia o Pasaporte.
  • Dos últimas nóminas o pensión de jubilación.
  • Última declaración del IRPF.
  • Retención del IRPF (con menos de 12 meses de antigüedad).
  • Otros documentos que justifiquen el origen de los fondos y de su actividad. Por ejemplo, si una persona física recibe una herencia, donación, préstamo hipotecario o realiza una desinversión.
Para personas jurídicas: Sociedades
  • CIF, escritura de constitución, estatutos o certificación equivalente del Registro Mercantil, identificación del representante de la sociedad y manifestación emitida por el mismo en la que se identifique al titular real.
  • Impuesto de Sociedades.
  • Declaración anual o trimestral del IVA o impuestos equivalentes (con menos de 12 meses de antigüedad).
  • Otros documentos que justifiquen el origen de los fondos y de su actividad. Por ejemplo, si una persona jurídica o autónomo recibe una ampliación de capitales, préstamo, desinversión.
Autónomos
  • Recibo de Seguros Sociales e Impuesto de Actividades Económicas.
  • Otros documentos que justifiquen el origen de los fondos y de su actividad. Por ejemplo, si un autónomo recibe una herencia, donación, préstamo hipotecario o realiza una desinversión.
El documento de blanqueo de capitales se firma cuando se realiza la oferta sobre el inmueble. Es decir, antes de que se firme la escritura de compraventa ante notario 1. Si necesitas más información, no dudes en preguntar en international@provia.es.

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